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Las organizaciones de y para personas con discapacidad representadas en el Consejo Nacional de Atención Integral a las Personas con Discapacidad (CONAIPD), ante la medida cautelar emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, con relación al SITRAMSS, expresamos lo siguiente:

Como colectivo de personas con discapacidad manifestamos nuestra total indignación ante la medida emitida por la máxima autoridad en materia constitucional, cargada de discriminación hacia las mayorías que utilizamos el transporte publico, siendo el único medio de transporte que cumple con las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad, .interponiendo con ello, el interés individual sobre el interés colectivo.

Reconocemos que hace falta mucho camino para tener un sistema público de transporte moderno, seguro, inclusivo y eficiente para las necesidades de movilidad de las mayorías, pues ello implica contar con empresarios responsables, unidades de transporte e infraestructura accesibles y prácticas de servicio respetuosas de la dignidad de las personas usuarias, incluyendo a las mujeres, la niñez, personas adultas mayores y el colectivo de personas con discapacidad.

El SITRAMSS representa ese paso de una sociedad del caos a una más ordenada y civilizada. Y si bien, aún es insuficiente, en su momento, reconocimos que el SITRAMSS se constituye como el “primer paso” para empezar a saldar la deuda histórica que el Estado salvadoreño tiene con las personas con discapacidad, colectivo tradicionalmente excluido de las políticas publicas. Asimismo lo vemos como un ejemplo a seguir y como la oportunidad de encaminar esfuerzos para el cumplimiento de los compromisos de Estado, por garantizar la accesibilidad del transporte público en todo el país.

Como organizaciones de y para personas con discapacidad, hacemos un llamado a la Sala de lo Constitucional, a que cumpla su papel y contribuya para que la problemática del transporte público sea resuelta en función social, y no sea utilizado con sesgo electoral y menos, con mezquindad mercantilista, menospreciando con ello, a las mayorías que a diario utilizamos el transporte público y sacamos adelante este país.

Por tanto, demandamos:

- Que la Sala de lo Constitucional garantice el interés social antes que el interés individual.

- Que tome en cuenta que el SITRAMSS representa una muestra del deber ser del transporte público eficiente e inclusivo y se avance hacia el diseño universal de la infraestructura y el transporte público, según compromisos adquiridos con los instrumentos internacionales de protección de Derechos Humanos, y con los cuales, la Sala de lo Constitucional tiene la obligación ineludible de dar cumplimiento por ser parte del Estado.

- Que en adelante, la Sala garantice los derechos humanos de las mayorías, incluyendo los derechos de las personas con discapacidad.

- Demandamos que el Viceministerio de Transporte, reglamente con enfoque de inclusión y exija a los empresarios de transporte, que todas las unidades nuevas del servicio público de pasajeros, sean unidades accesibles para todas las personas, incluyendo a las personas con discapacidad.

 

Organizaciones de Personas con Discapacidad física, sensorial, intelectual y psicosocial. San Salvador, 15 de mayo de 2017.