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DISOLUCIÓN DEL CONAIPD. CONSIDERACIONES.

La Asociación Los Angelitos, manifiesta ante el Gobierno y la sociedad su profunda preocupación por la disolución del Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONAIPD). Si bien es cierto, en el cuerpo de la  LEY DE DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRASLADO DE FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA INCLUSIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD se establece el traslado de funciones al Instituto Administrador de los Beneficios de los Veteranos y Excombatientes (INABVE), como familias de hijos e hijas con discapacidad exponemos las siguientes consideraciones:

  1. Con la Ley de Disolución del CONAIPD, se debilita, todavía más, la Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad, al derogarse el Capítulo II de creación del CONAIPD, como ente rector de toda política y programa relacionados con las personas con discapacidad. Por otra parte, su adhesión al INABVE, genera el riesgo que su esencia se diluya en una institución que responde a poblaciones con intereses e identidades de distinta naturaleza (veteranos, excombatientes, lisiados, etc.)
  2. La derogación de los artículos que mandatan la creación de un tribunal sancionador, nos preocupa porque como familiares y personas con discapacidad quedamos frente a un vacío, en tanto que se elimina una estructura con funciones coercitivas que impongan la obligatoriedad de las sanciones por violación de derechos.
  3. Como familiares de hijos e hijas con discapacidad, nos surge la duda acerca del abordaje respecto de las necesidades y derechos de niñas y niños con discapacidad, que demandan una atención y vigilancias específicas, en tanto que desconocemos los mecanismos con los que dará respuesta el INABVE.
  4. Comprendemos la finalidad del Estado el buscar optimizar de recursos públicos, pero consideramos inaceptable que, de nuevo, se sacrifique a las personas con discapacidad. Esto, porque el CONAIPD, nunca contó con una asignación presupuestaria que hiciera factible la implementación de las acciones y mecanismos que le mandata la Ley Especial de Inclusión.
  5. Aclaramos, que no estamos de acuerdo con la existencia de instituciones que sean mediocres en su desempeño y cumplimiento funciones, como fue el caso del CONAIPD, sin embargo, también estamos convencidos que una consulta y/o participación de la sociedad civil, como mandata el artículo 33 de la Convención hubiera permitido aportes a la solución de problemáticas. Lamentablemente, las autoridades del CONAIPD se dedicaron a “neutralizar” la participación de las representaciones de las organizaciones en el Consejo.
  6. Como familiares de hijas e hijos con discapacidad reiteramos que no nos basta con que se garanticen “atenciones” o dotación de apoyos técnicos. Necesitamos mecanismos reales de participación, desarrollo e inclusión en cualquier ámbito de la sociedad.

 

VIVIR SIN BARRERAS

San Salvador, 20 de noviembre de 2025.